“La Iglesia ha insistido e insiste, en sus documentos, sobre el adjetivo "sacro", aplicándolo a la música destinada a la liturgia. Esto quiere decir que ella, por su experiencia secular, está convencida de que esta calificación tiene un valor importante. En la música destinada al culto sagrado —ha dicho Pablo VI— "no todo es válido, no todo es lícito, no todo es bueno"; sino sólo cuanto, en armonía de dignidad artística y de superioridad espiritual, puede "expresar plenamente la... fe, para gloria de Dios y para edificación del Cuerpo místico" (L'Osservatore Romano, Edición en Lengua Española, 25 de abril de 1971, pág. 9). Por tanto, no se puede afirmar que toda música sea sacra por el hecho y desde el momento en que se inserta en la liturgia; en esta actitud falta ese sensus Ecclesiae "sin el cual el canto, en lugar de ayudar a fundir los espíritus .en la caridad, puede ser fuente de malestar, de disipación, de rompimiento de lo sagrado, cuando no de división en la misma comunidad de los fieles" (ib.)”
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