“El
trabajo es, como queda dicho, una obligación, es decir, un
deber del hombre y esto en el múltiple sentido de esta
palabra. El hombre debe trabajar bien sea por el hecho de que el
Creador lo ha ordenado, bien sea por el hecho de su propia humanidad, cuyo
mantenimiento y desarrollo exigen el trabajo. El hombre debe trabajar por
respeto al prójimo, especialmente por respeto a la propia familia, pero también
a la sociedad a la que pertenece, a la nación de la que es hijo o hija, a la
entera familia humana de la que es miembro, ya que es heredero del trabajo de
generaciones y al mismo tiempo coartífice del futuro de aquellos que vendrán
después de él con el sucederse de la historia. Todo esto constituye la
obligación moral del trabajo, entendido en su más amplia acepción. Cuando haya
que considerar los derechos morales de todo hombre respecto al trabajo,
correspondientes a esta obligación, habrá que tener siempre presente el entero
y amplio radio de referencias en que se manifiesta el trabajo de cada sujeto
trabajador.”
(de
la Enciclica social del Papa Juan Pablo II Laborem
Exercens).