“Lo que se condena en la lucha de clases es la idea de un conflicto que no está limitado por consideraciones de carácter ético o jurídico, que se niega a respetar la dignidad de la persona en el otro y por tanto en sí mismo, que excluye, en definitiva, un acuerdo razonable y persigue el bien general de la sociedad, sino el interés de parte que quien suplanta al bien común y aspira a destruir lo que se le opone.”
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